Auto Supremo AS/0717/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2015-RA

Fecha: 02-Dic-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Previa orden de reposición del juicio como emergencia del Auto Supremo 003/2014-RRC de 10 de febrero (fs. 672 a 678) y el Auto de Vista 99/2014 de 3 de abril (fs. 684 a 690), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca por Sentencia 13/2014 de 10 de septiembre (fs. 824 a 837 vta.), declaró a Daniel Vargas Avilés, autor del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 308 bis. del CP; por lo que, a tiempo de declarar al imputado semi-imputable, dispuso su internación en el Instituto Nacional de Psiquiatría “Gregorio Pacheco” de esta ciudad, por el lapso de cinco años, a objeto de que sea sometido al tratamiento que los especialistas determinen, más costas a favor del Ministerio Público y la parte acusadora particular