Auto Supremo AS/0734/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2015-RA

Fecha: 02-Dic-2015

2) Como segundo motivo, alega que el Tribunal de alzada como el Juez de


2) Como segundo motivo, alega que el Tribunal de alzada como el Juez de Sentencia incurrieron en defectuosa valoración de las pruebas, ya que en el punto “6to” del Considerando IV refiere que: “Con relación a que Sentencia cuenta con una valoración defectuosa de las pruebas AP1, DP3; DP5 y así también de la declaración de los testigos Luis Antonio Finnny Dermach y Dandy Damián Mallea Mejillones. De este referido es necesario tener presente conforme lo determinado en el punto 2do y 3ro.- de esta Resolución por el cual un tribunal de Alzada no tiene la facultad de revalorizar los elementos de prueba de cargo y descargo…” (sic); al efecto, invoca Autos Supremos 171/2012 de 24 de julio y 251/2012 de 12 de octubre, como precedentes contradictorios