Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs. 118 y vta., interpuesto por Daniel Rojas Navarro en representación legal de LESO Industrial SRL., quien señaló que el Auto de Vista impugnado, justificaría la nulidad de la Sentencia, al establecer que la Juez a quo no se habría pronunciado sobre el pago de vacaciones y sueldo devengado, sin considerar que el fundamento de dicho fallo determina que entre partes existió un contrato de prestación de servicios de naturaleza civil, por lo que al no existir vínculo laboral no corresponderían las pretensiones del demandante, más aun si se habría demostrado que el actor dejó de prestar servicios a emergencias de haber dañado un equipo didáctico, así como no haber devuelto una laptop y una cámara fotográfica
Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs. 118 y vta., interpuesto por Daniel Rojas Navarro en representación legal de LESO Industrial SRL., quien señaló que el Auto de Vista impugnado, justificaría la nulidad de la Sentencia, al establecer que la Juez a quo no se habría pronunciado sobre el pago de vacaciones y sueldo devengado, sin considerar que el fundamento de dicho fallo determina que entre partes existió un contrato de prestación de servicios de naturaleza civil, por lo que al no existir vínculo laboral no corresponderían las pretensiones del demandante, más aun si se habría demostrado que el actor dejó de prestar servicios a emergencias de haber dañado un equipo didáctico, así como no haber devuelto una laptop y una cámara fotográfica
- Demandado : LESO
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Mauricio Oliver Molina Zenteno (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Manifestó también que la jurisprudencia emanada por el Tribunal Supremo de Justicia en el Auto
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia dicte Auto Supremo anulando el Auto de
- El art
- A solicitud de parte
- En ese contexto, en el caso concreto, existe la solicitud de parte sobre la nulidad
- Finalmente el principio de protección, que establece que la nulidad sólo puede hacerse valer cuando
- Es en ese entendido el art
- En ese contexto, el fallo el recurrido fundó la nulidad de obrados, bajo el razonamiento
- Al respecto, este Tribunal Supremo encuentra evidente lo reclamado por la parte recurrente, por cuanto
- El Tribunal Supremo de Justicia, en su amplia jurisprudencia, ha determinado que la nulidad procesal
- Por lo anotado y encontrando evidentes los reclamos formulados por la parte recurrente, corresponde dar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
