Auto Supremo AS/0899/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0899/2015

Fecha: 18-Dic-2015

Manifestó también que la jurisprudencia emanada por el Tribunal Supremo de Justicia en el Auto

Manifestó también que la jurisprudencia emanada por el Tribunal Supremo de Justicia en el Auto Supremo Nº 150/2013 de 89 de abril, establece que la sanción de nulidad de adoptarse por el Tribunal de apelación, debe estar enmarcada en la seguridad de que no exista otra alternativa que la indicada medida para el saneamiento del proceso, extremo que habría sido incumplido, ya que era obligación del Tribunal ad quem si consideraba que en la sentencia de primera instancia faltaba fundamentación pronunciarse sobre los dos puntos observados y no determinar la nulidad del fallo