Bajo ese contexto, ciertamente los tribunales de instancia, no valoraron en su cabal dimensión tanto
Bajo ese contexto, ciertamente los tribunales de instancia, no valoraron en su cabal dimensión tanto las declaraciones testificales que corren de fs. 422, 443, 424, (testigos de cargo) y la de fs. 427 (testigo de descargo), que bajo el principio de comunidad de la prueba debieron ser tomados en cuenta para un resultado favorable al actor sobre este punto, en relación a la demandada aplicando correctamente lo dispuesto por el art.1330 del Código Civil así como la previsión contenida en el art. 476 de su procedimiento
- Partes: Sebastián Mamani Choque. c/ María Elena Anguela Jachacata
- Proceso: Divorcio
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I:
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Sebastián Mamani Choque mediante memorial
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Comercial y Familiar de la Corte Superior
- Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, formulado por parte de
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Se violaría por parte del Auto de Vista, lo previsto en el art
- Reiterando sobre la mayoría de edad de tres de sus hijos y los ingresos
- Por lo expuesto pide se case parcialmente el Auto de Vista, únicamente en lo referente
- CONSIDERANDO III:
- Bajo ese antecedente, corresponde verificar si esos extremos son o no evidentes para revertir el
- Se establece en ese contexto que la denuncia concreta que respalda su desacuerdo está sustentada
- Por otro lado, en relación a la posibilidad de cesar la asistencia familiar también en
- Bajo ese contexto, ciertamente los tribunales de instancia, no valoraron en su cabal dimensión tanto
- Por las consideraciones realizadas, corresponde dar aplicación a lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin costas ni multa por la casación parcial
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
