Auto Supremo AS/1115/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1115/2015

Fecha: 04-Dic-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 2), y 273 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los Arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 184 a 187, interpuesto por Juan Ortiz Guachalla impugnando el Auto de Vista Nº 252, de fecha 05 de noviembre de 2014 de fs. 179 a 180, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas