Auto Supremo AS/1153/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1153/2015

Fecha: 16-Dic-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

Resolución de segunda Instancia, recurrida en casación en el fondo, el mismo que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
El recurrente, señala errónea apreciación de las pruebas de cargo, haciendo referencia que se probó la posesión por más de 20 años, la existencia de mejoras, que su posesión fue pacífica, quieta e ininterrumpida. Indicando que el folio real actualizado, presentado por los demandados, de forma clara se demuestra que el lote de terreno urbano se encontraba inscrito en los registros de Derechos Reales del Beni, desde el año 1968, en propiedad de Iraida Pinto de Eulert y posteriormente le vendió al señor José Javier Gonzales Hinojosa, quien lo inscribió en fecha 30 de agosto del año 2009, es decir después de más de 40 años, habiéndose cumplido con lo exigido por el art. 138 del C.C., por dicho motivo se violó e interpretó erróneamente los arts. 427, 444 del procedimiento Civil y 1327, 1334 del Código Civil