Auto Supremo AS/0019/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs

En grado de apelación formulada por la institución demandada (fs. 178 a 179), la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 002/10-SSA-I de 12 de enero de 2010 (fs. 201), confirmando la Sentencia Nº 25/2008, de 20 de marzo de 2008, cursante de fs. 163 a 169 de obrados, con la aclaración que el monto a ser cancelado es de Bs. 7.492,77.-, en lo demás firme y subsistente. Sin costas.
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 207 a 208, interpuesto por la representante legal de la institución demandada, manifestando que, en el auto de vista recurrido, hace referencia a que el pago del salario dominical, y demás derechos colaterales, no fue desvirtuado por la parte demandada, situación que es falsa, ya que incluso en el recurso de apelación, se hizo referencia a que la Sentencia Nº 25/2008 define el concepto de dominicales erróneamente, ya que infringe lo previsto el art. 58 del DS Nº 21060, concordante con el art. 9 del DS Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, que suprime el pago de bonos y otros como los dominicales, vituallas de aseo, ropa de trabajo, consolidándolos al salario básico, normativa que fue infringida por la sentencia