Regístrese, notifíquese y devuélvase.
POR TANTO.- La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad que le confiere el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Jorge Andrés Pacheco Velasco cursante de fs. 174 a 175 del dossier.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandando de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente
- Señala que, la prueba documental de descargo presentada no fue analizada por el Juez de
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido sea
- Referido a la valoración de la prueba en materia laboral existe ya una posición jurisprudencial
- En el marco de lo precedentemente expuesto, se advierte que los de instancia resolvieron la
- apelación
- Sobre lo anterior, se debe considerar que conforme a su respuesta a la demanda, el
- En cuanto a los aspectos declarados en el informe de auditoría respecto a los constantes
- Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
