Auto Supremo AS/0020/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2015

Fecha: 02-Feb-2015

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 79 a 80, interpuesto por Cnl. DAEN Henry Torrico Claure, en representación de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea, Regional-Beni, manifestando que si bien el tribunal de alzada hizo una correcta aplicación al eliminar el bono de refrigerio del promedio salarial indemnizable, por ser ilegal según el DS 21060 y el art. 22 de la Ley SAFCO, sin embargo, hizo una equívoca apreciación de la prueba al disponer la cancelación al demandante de la suma de Bs.78.020,45.-, como saldo de beneficios sociales, por 5 años, 8 meses y nueve días de indemnización, más 2 refrigerios, dos sueldos, duodécima de aguinaldo doble y la multa del 30%, sin que haya demostrado en el proceso los derechos pretendidos, por el contario se comprobó que hizo abandono de funciones por más de 6 días consecutivos y además se llevó dinero de la institución, sin realizar los descargos y devoluciones encomendados a su cargo, incurriendo en la causal del inciso d) del art. 16 de la Ley General del Trabajo, que dice: “No habrá desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales: d) Inasistencia injustificada de más de seis días continuo. Modificado por el art. 9.d) del Decreto Supremo Nº 43325 de 25 de febrero de 2005”, como tampoco le corresponde el pago de la multa del 30% de acuerdo a los Informes SLTRYGYC/221/05 de 27 de septiembre de 2005, emitido por el Jefe de Recursos Humanos de AASANA-Beni y otros, en los que se advierte que el demandante abandonó sus funciones por más de seis días, saliendo inclusive fuera del país, por lo que sorprende que después de 7 años, exija pago de beneficios sociales que no le corresponden, por lo que el tribunal de segunda instancia pretende imponer una obligación inexistente, que ocasiona un grave daño económico al Estado, al ser AASANA una institución pública