Del memorial que cursa de fs. 144 a 147 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 144 a 147 vta., se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente, denuncia que no existe acta de audiencia de juicio oral convocada para el 17 de “siembre” (sic) de 2008 a horas 16:00, extrañando también la causa para que no se haya llevado a cabo, lo cual entiende se trataría de un defecto absoluto previsto en el inc. 3) del art. 169 del CPP, al haberse inobservado el art 120 del mismo cuerpo normativo, habiéndose vulnerado también sus derechos constitucionales al debido proceso, defensa y seguridad jurídica; sin embargo, ante esta circunstancia el Tribunal de alzada omite dar aplicación a las facultades conferidas por el art. 15 de la ley de Organización Judicial (LOJ), a cuyo efecto invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004. Adicionalmente sobre la audiencia de juicio oral denuncia que se inobservó el art. 336 del CPP; por cuanto, el juicio no se habría tramitado de forma continua, siendo suspendido en varias ocasiones, por providencias de señalamiento emitidas extrañamente, sin que exista las causales establecidas por el art. 335 del CPP, constituyendo otro defecto absoluto, ocasionando dispersión de la prueba y su valoración, sustrayendo la credibilidad del fallo judicial, vulnerándose consecuentemente también sus derechos al debido proceso, defensa y seguridad jurídica; y, contradiciendo lo estipulado en el Auto Supremo 169 de 6 de febrero de 2007
- Por memorial presentado el 10 de junio de 2009, cursante de fs
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- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- Es así, que con relación al primer motivo, referidos a que no existiría acta de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
