POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confieren los artículos 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 154 a 155, interpuesto por el SENASIR
- Auto Supremo Nº 37/2015
- Expediente: SSA.II-PTS.425/2014
- CONSIDERANDO I: Que dentro del trámite de compensación de cotizaciones promovido por Juan Morales Rodríguez,
- Esta resolución originó que los representantes del SENASIR interpongan el recurso de casación en el
- En este sentido adujo que, el tribunal de apelación aplicó una norma inaplicable al tomar
- Por otra parte al no valorar el Informe Técnico de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los artículos
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
