Auto Supremo AS/0044/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2015

Fecha: 19-Feb-2015

Respecto al error sobre el salario que percibía la demandante, se deduce que la Empresa

Referente al pago que realizó la Empresa demandada, como se evidencia con la planilla de liquidación de fecha 23 de abril de 2001 cursante a fs. 23, se advierte que dicha planilla demuestra el pago de beneficios sociales por el lapso de 12 meses, mismo que realizó la Empresa demandada y que no demuestra la conclusión de la relación laboral con la demandante, ya que esa liquidación tiene fecha del mes de abril del año 2001.
Respecto al error sobre el salario que percibía la demandante, se deduce que la Empresa demandada no demostró cuanto era el monto del salario que percibía la demandante, es por esta situación que se tomó como promedio el monto que la demandante señaló, ya que de acuerdo a la normativa mencionada ut supra, la carga de la prueba corresponde al empleador, mismo que puede presentar en el periodo probatorio diversos documentos como prueba, como por ejemplo; planillas de sueldos, de aguinaldos, de asistencia, etc., o cualquier otra, esto con el objeto de demostrar sus afirmaciones, lo que no hizo en el caso de autos y en consecuencia hace correcta la decisión de los de instancia, en aplicación al principio de la inversión de la prueba