Que, el Instructivo D
Que, el Instructivo D.P. Nº 035.01 de 1 de noviembre de 2001, señala: “1º Cuando por resolución judicial indistintamente se nombre derecho habiente curador a petición de la parte interesada deberá realizarse la declaración de ausencia y/o fallecimiento presunto. Con la presentación del testimonio original de dichos procesos la Comisión Calificadora de Rentas de la Dirección de Pensiones deberá dictar resolución otorgando provisionalmente renta de derecho habiente. 2º Los beneficios de la otorgación provisional de la renta de derechohabiente, que tengan resoluciones judiciales de declaratoria de curador y/o declaración de ausencia, después de trascurridos cinco años desde la última noticia sobre el ausente, tienen obligación de presentar resolución judicial de fallecimiento presunto, caso contrario se suspenderá la renta y sólo será restituida cuando presente testimonio de dicha resolución sin ningún pago retroactivo”
- CONSIDERANDO I
- Formulado el recurso de reclamación por Virginia Arancibia Gutiérrez (fs
- En recurso de apelación, interpuesto por Virginia Arancibia Gutiérrez (fs
- El fallo mencionado, motivó la interposición de recurso de casación en el fondo interpuesto por
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación, los antecedentes del proceso, para su resolución
- El 18 de agosto de 2008, Virginia Arancibia Gutiérrez, adjuntando copia de la demanda de
- Que, el Instructivo D
- Este Supremo Tribunal de Justicia, no puede desconocer el verdadero sentido y obligación que tiene
- Ninguna resolución sea judicial o administrativa puede establecer restricciones mayores que las contenidas en las
- Que, en el marco legal descrito, este Tribunal no advierte las vulneraciones que acusa el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
