Auto Supremo AS/0077/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0077/2015-RA

Fecha: 03-Feb-2015

En el caso presente, se establece que el 4 de diciembre de 2014, el recurrente



IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso presente, se establece que el 4 de diciembre de 2014, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista y Auto complementario impugnados y el 6 de enero de 2015 formuló el recurso de casación, que tomando en cuenta la vacación judicial dispuesta por el Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, de acuerdo a Circular 14/2014, que comprendió del 9 de diciembre de 2014 al 2 de enero de 2015 y en previsión de lo dispuesto por los arts. 130 última parte del CPP y 124 de la LOJ, respecto a la suspensión de plazos durante el transcurso de la vacación judicial, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP