Auto Supremo AS/0099/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2015-RA

Fecha: 11-Feb-2015

Agrega que, respecto a la imposición de la pena, debió aplicarse lo previsto por el


Agrega que, respecto a la imposición de la pena, debió aplicarse lo previsto por el art. 363 del CPP, puesto que en los delitos de narcotráfico donde existen varios implicados, se debe individualizar los grados de participación de cada uno de los acusados y en base a dicha participación imponerse la pena conforme prevén los arts. 37, 38 y 39 del CP; aspecto que –alega- no fue valorado por el Tribunal de alzada, incurriendo en vulneración al debido proceso. Invoca al respecto los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005 y 219 de 28 de junio de 2006, concluyendo que el tribunal revisor debe pronunciarse a todos los puntos reclamados