De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y público por Sentencia 10/2013 de 19 de septiembre (fs. 237 a 244 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Marisabel Roxana Monzón Janco, autora de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 y 33. m) y 11) de la Ley 1008, condenándole con la pena de diez años de presidio, más 50 días multa a razón de Bs. 5.-por día y costas, siendo absuelta del delito de Asociación Delictuosa y Confabulación, previsto y sancionado por el art. 53 de la citada Ley. Asimismo, declaró a Paola Andrea Monzón Janco, absuelta por ambos delitos
- Por memorial presentado el 13 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 7 de enero de 2015 (fs
- Bajo el epígrafe de “FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LAS CONTRADICCIONES ENTRE EL AUTO DE VISTA IMPUGNADO
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 7 de enero de 2015, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene que la recurrente acusa la
- No obstante lo señalado, del contenido del recurso de casación, se desprende que la recurrente
- Regístrese, hágase saber y Cúmplase.
