Auto Supremo AS/0127/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2015-RA

Fecha: 27-Feb-2015

Continúa su argumentación señalando que, existe inobservancia de la norma, pues por la propia versión


Continúa su argumentación señalando que, existe inobservancia de la norma, pues por la propia versión de los policías intervinientes, se tiene que no se determinó quién es la persona que fabricó, almacenó, dónde estaba dirigida la sustancia o con quién se iba a transar, no habiéndose hallado en su poder sustancias, por lo que debió aplicarse el principio iura novit curia y el art. 414 el CPP. Asimismo, en cuanto a la imposición de la pena, afirma que el Tribunal de Sentencia no individualizó el grado de participación de cada uno de los imputados, lo que sería requisito para establecer la condena