Auto Supremo AS/0025/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2015-L

Fecha: 23-Mar-2015

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Con referencia al recurso de casación en el fondo, se debe tener presente que el mismo se funda en errores in judicando, es decir que tiene relación con la infracción de normas sustantivas incumplidas o mal aplicadas en el desarrollo del proceso, especificadas en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, que el recurrente en su memorial de fs. 130 a 132 indicó referencialmente sin cumplir con el deber procesal de especificar y demostrar la infracción o vulneración en que hubiera incurrido el tribunal de apelación al emitir el auto de vista; es decir, que el recurrente imperativamente debe exponer en su recurso la violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, si ésta contuviere disposiciones contradictorias, o que en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho, debiendo este último evidenciarse por documentos o actos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta del juzgador