Auto Supremo AS/0030/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2015-L

Fecha: 23-Mar-2015

CONSIDERANDO II: Que del análisis del expediente, corresponde señalar que el Tribunal Supremo de Justicia

CONSIDERANDO II: Que del análisis del expediente, corresponde señalar que el Tribunal Supremo de Justicia tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento a fin de establecer si los Jueces y Tribunales inferiores observaron las leyes y plazos que rigen su tramitación y conclusión para aplicar, en su caso, las sanciones pertinentes conforme establece el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial y si correspondiere disponer la nulidad de obrados de oficio, según lo prevé el art. 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo