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    Auto Supremo AS/0092/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0092/2015-RA-L

    Fecha: 04-Mar-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Parte acusadora : Inmobiliaria Las Misiones S.A
    • Por memorial presentado por Paola Fabiola Castro Mansilla el 14 de enero de 2014, cursante
    • a) En mérito a la acusación particular presentada por José Barnadas Jordán en
    • b) Contra la referida Sentencia, la imputada Paola Fabiola Castro Mansilla (fs
    • c) Notificada la imputada con el mencionado Auto de Vista, el 8 de
    • Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Agrega que una vez radicadas las impugnaciones ante la Sala Penal Segunda,
    • 3) Como otro agravio, denuncia que la valoración de la prueba tanto en la
    • 4) Finaliza señalando que el núcleo esencial del tipo penal no se consumó,
    • Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 474/04 de 8 de diciembre de 2004, puesto
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
    • Ahora bien, en idéntico sentido que en el agravio antes analizado, la recurrente simplemente adujo
    • El tercer agravio, ataca la valoración de la prueba realizada en la Sentencia de primera
    • No obstante lo expuesto, existiendo denuncia de derechos fundamentales vinculados a defectos absolutos, es preciso
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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