Auto Supremo AS/0105/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

2) Inobservancia y aplicación indebida de la ley, señalando que tanto el art


2) Inobservancia y aplicación indebida de la ley, señalando que tanto el art. 181 del CP y el art. 73 de la Ley 1008, contienen diferencia substancial en cuanto a la noción jurídica de su contenido y que al habérsele condenado por el delito de Favorecimiento a la evasión señalado en la Ley 1008, dicha tipicidad no se adecua al hecho cometido, en el entendido de que, para determinar dicha figura el factor esencial es el “DETENIDO por un delito de 1008” (sic), por lo que se habría realizado una incorrecta aplicación de la ley sustantiva al faltar uno de los elementos esenciales del tipo penal cual es el de la tipicidad