Respecto de los motivos primero y segundo, del contenido del recurso de casación, denota que
Respecto de los motivos primero y segundo, del contenido del recurso de casación, denota que la parte recurrente procede a identificar de forma precisa la presunta existencia de contradicción del Auto de Vista recurrido y los precedentes contradictorios contenidos en los Autos Supremos 37 de 27 de enero de 2007 y 449 de 12 de septiembre de 2007, mismos que se habrían pronunciado sobre la vulneración al principio de continuidad del juicio oral y la falta de fundamentación en la emisión de las resoluciones judiciales aspectos alegados en el recurso de casación; por lo que, se tiene que dichos motivos argumentados cumplen con los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, pues la recurrente sentó las bases suficientes para ingresar a realizar la labor de contrastación solicitada, con la finalidad de determinar lo que fuese en derecho, cuando sea analizado el fondo del recurso, por tal circunstancia corresponde su admisión de conformidad a lo establecido en el art. 418 del CPP
- Por memorial presentado el 31 de agosto de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 26 de agosto de 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Aduce error en la fecha de fallecimiento de Simón Mamani Gómez, señalada en la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 26 de agosto de 2010, la
- Respecto de los motivos primero y segundo, del contenido del recurso de casación, denota que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
