Auto Supremo AS/0135/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2015

Fecha: 03-Mar-2015

Violación de la ley en el aspecto de saneamiento procesal y reforma en perjuicio

CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Violación de la ley en el aspecto de saneamiento procesal y reforma en perjuicio:
El Tribunal de Alzada al haber dejado sin efecto la decisión de declinatoria de competencia del A quo, ha vulnerado los arts. 3.1. y 89 del Código de Procedimiento Civil, además la Disposición Especial Segunda de la Ley Nº 1760, disposiciones que establecen que el Juez tiene la potestad de sanear el procedimiento y procurar la eficiencia del proceso a fin de evitar una tramitación innecesaria que daña la economía procesal, además lo establecido en el art. 90 de la precita norma. Se establece que al interpretar la ley procesal el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procesos es la efectividad de los derechos reconocidos por ley sustantiva.
Se pretende que el proceso retorne al A quo con el fundamento de que se difirió la excepción de incompetencia para la Sentencia y que ese hecho impediría al Juez sanear el proceso mediante la declinatoria, no desconociéndose ésta, pero el Tribunal indirectamente está pidiendo que se lleve a cabo todo el procedimiento esperando que en Sentencia se dirima este aspecto