Auto Supremo AS/0144/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0144/2015

Fecha: 19-Mar-2015

En consecuencia, conforme

Por lo relacionado, no resulta aplicable al caso concreto la multa del 30% que estableció el tribunal de segunda instancia, correspondiendo dejarla sin efecto, así también determino el Tribunal Supremo en un caso similar a través del Auto Supremo 395 de 16 de julio de 2013, emitido por la Sala Social Primera.
En consecuencia, conforme lo señalado precedentemente, se concluye que el Tribunal ad quem, al dictar el Auto de Vista de 30 de junio de 2010, cursante de fs. 145 vta., no obró con corrección y justicia, al no basar su decisión en la normativa legal vigente y efectuar una adecuada y correcta valoración de las pruebas aportadas durante la tramitación del proceso conforme los arts. 3. j), 158 y 200 del CPT, correspondiendo resolver el recurso en la forma que prevén los arts. 271. 4) y 274 del CPC, aplicables al caso de autos por mandato de la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT