Auto Supremo AS/0145/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0145/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Por consiguiente, y siendo evidente que el recurso de casación en la forma, cursante a

Por consiguiente, y siendo evidente que el recurso de casación en la forma, cursante a fs. 118 a 120, no cumple lo dispuesto por el art. 258. 2) del CPC, conforme lo anotado precedentemente, corresponde dar aplicación a las disposiciones legales contenidas en los arts. 271. 1) y 272. 2) del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT