CONSIDERANDO III:
Por lo expuesto, interpone recurso de casación en el fondo y pide al Tribunal Supremo de Justicia Casar el Auto de Vista Nº S-248/2014, de fecha 18 de junio de 2014, de fs. 193 a 195, y confirma la Sentencia en todas sus partes.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
1.- Corresponde señalar que de la revisión del recurso de casación, se puede establecer que el mismo ha sido interpuesto en el fondo, en ese antecedente se debe mencionar que conforme la línea Jurisprudencial sentada por este Alto Tribunal Supremo, ha razonado en sentido de que: contra una resolución anulatoria de obrados no procede el recurso de casación en el fondo sino en la forma, no obstante lo anterior en el caso de Autos los agravios interpuestos se encuentran enmarcados dentro del recurso de casación en la forma
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
1.- Corresponde señalar que de la revisión del recurso de casación, se puede establecer que el mismo ha sido interpuesto en el fondo, en ese antecedente se debe mencionar que conforme la línea Jurisprudencial sentada por este Alto Tribunal Supremo, ha razonado en sentido de que: contra una resolución anulatoria de obrados no procede el recurso de casación en el fondo sino en la forma, no obstante lo anterior en el caso de Autos los agravios interpuestos se encuentran enmarcados dentro del recurso de casación en la forma
- Proceso: Exclusión de paternidad
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Bernarda Fortunata Herrera Mamani, interpone recurso de apelación de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2
- 3
- CONSIDERANDO III:
- Sin embargo, de la revisión del recurso de apelación de fs
- Si bien la jurisprudencia constitucional ha considerado a la motivación de las resoluciones como una
- Por lo que la nulidad de una Sentencia por falta de motivación debe aplicarse siempre
- De donde se concluye que la nulidad dispuesta por el Tribunal de Alzada no es
- Por todo lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
