DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
Contra dicha determinación, Marco Antonio Ballón Téllez, interpone recurso de casación en el fondo, mismo que se pasa a analizar.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Refiere el recurrente que el Tribunal Ad quen, emitió Auto de Vista desconociendo la Administración de Justicia y la labor del Juez A quo, alega que solo se limitó a anular obrados sin individualizar la supuesta causal y el desconociendo del art. 251 del Código de Procedimiento Civil
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Refiere el recurrente que el Tribunal Ad quen, emitió Auto de Vista desconociendo la Administración de Justicia y la labor del Juez A quo, alega que solo se limitó a anular obrados sin individualizar la supuesta causal y el desconociendo del art. 251 del Código de Procedimiento Civil
- Proceso: Exclusión de paternidad
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Bernarda Fortunata Herrera Mamani, interpone recurso de apelación de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2
- 3
- CONSIDERANDO III:
- Sin embargo, de la revisión del recurso de apelación de fs
- Si bien la jurisprudencia constitucional ha considerado a la motivación de las resoluciones como una
- Por lo que la nulidad de una Sentencia por falta de motivación debe aplicarse siempre
- De donde se concluye que la nulidad dispuesta por el Tribunal de Alzada no es
- Por todo lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
