De la revisión del recurso de casación de fs
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación de fs. 313 a 316, se extraen los siguientes motivos:
1)La recurrente, acusa que el Auto de Vista impugnado, incumpliendo los arts. 124, 413 y 419 del Código de Procedimiento Penal (CPP), incurrió en falta de fundamentación; puesto que, alega, no fundamentó los motivos de hecho y derecho en los que sustentó su decisión, extractando partes de su recurso, reitera que incurrió en incongruencia en la interpretación del art. 413 del referido Código, y concluyendo con una exposición inapropiada, imprecisa y contradictoria confirmó el Auto de Vista 144 de 25 de octubre de 2013, que habría sido anulado por Auto Supremo 282/2014-RRC de 27 de junio, denotando incumplimiento de sus funciones al haber omitido la doctrina legal aplicable ordenada por el precedente supra referido, realizando una simple exposición académica del tipo penal de Estafa, incurriendo en franca inobservancia de lo previsto por el art. 124 del CPP
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Mary Luz Chávez de Caldera presentó recurso de apelación
- c)Notificada la recurrente con la referida Resolución el 22 de diciembre de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 2)Asimismo, denuncia que el Tribunal de alzada, volvió a incurrir en revalorización de la prueba,
- El art
- coincida con el o los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, la recurrente fue notificada
- Con referencia a los requisitos de fondo, en los dos motivos planteados, la recurrente, denuncia
- interpuesto por Gueisa Mery Suarez Chávez; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
