Por las razones expuestas la impugnación en casación es inviable, toda vez que la Resolución
Por las razones expuestas la impugnación en casación es inviable, toda vez que la Resolución que se impugna es irrecurrible en casación al no encontrarse enmarcada dentro de los casos que señala el art. 255 del Código de Procedimiento Civil
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO: Conforme con la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Que de la revisión del cuadernillo de compulsa se infiere que, el recurso de casación
- En el caso de Autos, de acuerdo a los antecedentes del cuadernillo de compulsa resolución
- Por las razones expuestas la impugnación en casación es inviable, toda vez que la Resolución
- En aplicación del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se impone costas y multa
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.-
