Auto Supremo AS/0163/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2015

Fecha: 24-Mar-2015

Señala, que la sentencia de primera instancia determino de manera adecuada la NULIDAD DE OBRADOS

Señala, que la sentencia de primera instancia determino de manera adecuada la NULIDAD DE OBRADOS ante la existencia de vicios procesales por aplicación retroactiva de la ley. No obstante a ello el Auto de Vista recurrido de manera equivoca estableció que la sentencia de primera instancia hubiera vulnerado el principio de congruencia, declarando una nulidad que no habría sido solicitada por las partes, sin embargo, no consideró que dentro de la demanda contencioso tributaria, se ha observado la existencia de vicios procesales, que demuestran que el acto administrativo tributario impugnado nació muerto a la vida del derecho y por tanto era obligación de la Juzgadora proceder a la nulidad de obrados