De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido por las falencias
De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido por las falencias advertidas, no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, para su admisión ni en vía de flexibilización; por lo que, corresponde declarar su inadmisibilidad
- Por memorial presentado el 27 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
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- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
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- En cuanto a los demás requisitos de fondo, el recurrente alegó que la Resolución de
- Asimismo, ante la denuncia de la supuesta existencia de situaciones vulneratorias a derechos o garantías
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido por las falencias
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
