Auto Supremo AS/0198/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0198/2015-RA

Fecha: 24-Mar-2015

De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido por las falencias


De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido por las falencias advertidas, no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, para su admisión ni en vía de flexibilización; por lo que, corresponde declarar su inadmisibilidad