Auto Supremo AS/0036/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0036/2015

Fecha: 10-Abr-2015

La causal quinta del art

La causal quinta del art. 421 del Código Procedimiento Penal, también invocada por el recurrente, se refiere a la existencia de una ley posterior a la comisión del delito que establezca una sanción más benigna y que por prescripción constitucional (art. 123 de la Constitución Política del Estado), se aplica retroactivamente cuando beneficia al imputado