Asimismo a los fines del art
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta fs. 134 inclusive, y en consecuencia declara ejecutoriado el Auto de Vista Nº 029 de 11 de marzo de 2010 de fs. 108 a 109.
Asimismo a los fines del art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura
Asimismo a los fines del art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura
- Auto Supremo Nº 49/2015-L
- Expediente: SCZ.377/2010
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, la Juez Cuarto de Partido del Trabajo y Seguridad
- Que, contra el referido auto de vista, la Jefatura Departamental del Trabajo representado por Aníbal
- En relación con lo señalado precedentemente, el art
- Es decir, que en virtud de las normas citadas, el tribunal de casación debe revisar
- En el caso de autos, de la revisión de obrados se evidencia que la institución
- Ahora bien, el tribunal ad quem a tiempo de tramitar y resolver el recurso concedido,
- En este marco legal, al haberse violado normas de orden público y cumplimiento obligatorio, resulta
- Asimismo a los fines del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
