Auto Supremo AS/0049/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

En el caso de autos, de la revisión de obrados se evidencia que la institución

En el caso de autos, de la revisión de obrados se evidencia que la institución recurrente interpuso recurso de apelación de fs. 84 a 85 el mismo que fue concedido mediante auto de fs. 102, argumentando que se concede el mismo de conformidad con los arts. 205 del Código Procesal del Trabajo con relación al art. 227 al 230 del Código de Procedimiento Civil, sin tomar en cuenta que la denuncia por infracción de Ley Social tiene su propio procedimiento establecido en el Libro II, Título VI, Capítulo I, del Código Procesal del Trabajo, resultando por tanto no aplicables los artículos señalados en el auto de concesión del recurso