En grado de apelación, formulada por Ana Luz Hurtado Chaurara en representación de Yuly Honey
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 308 a 313, interpuesto por Ana Luz Hurtado Chaurara, en representación de Yuly Honey Soliz Fuentes, contra el Auto de Vista Nº 63/2014 de 11 de agosto, de fs. 299 a 305 de obrados, pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justica del Beni, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por July Honey Soliz Fuentes contra el Servicio de Impuestos Nacionales del Beni, la respuesta de fs. 317 a 319, el auto de fs. 321 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez en Materia Administrativa, Coactiva, Fiscal y Tributaria de la ciudad del Beni, pronunció la Sentencia Nº 14/2013 de 5 de diciembre de 2013, de fs. 272 a 275, declarando improbada la demanda presentada por July Honey Soliz Fuentes, cursante de fs. 85 a 90 de obrados contra el Servicio de Impuestos Nacionales, Gerencia Distrital del Beni, representado legalmente por el Lic. Ernesto Natusch Serrano, firme y subsistente la Resolución Administrativa Nº 23-0078-13 del 04 de abril del 2013.
En grado de apelación, formulada por Ana Luz Hurtado Chaurara en representación de Yuly Honey Soliz Fuentes, por memorial de fs. 277 a 281, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, por Auto de Vista Nº 63/2014 de 11 de agosto de fs. 299 a 305, confirmó totalmente la Sentencia de Primera Instancia Nº 14/2013
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez en Materia Administrativa, Coactiva, Fiscal y Tributaria de la ciudad del Beni, pronunció la Sentencia Nº 14/2013 de 5 de diciembre de 2013, de fs. 272 a 275, declarando improbada la demanda presentada por July Honey Soliz Fuentes, cursante de fs. 85 a 90 de obrados contra el Servicio de Impuestos Nacionales, Gerencia Distrital del Beni, representado legalmente por el Lic. Ernesto Natusch Serrano, firme y subsistente la Resolución Administrativa Nº 23-0078-13 del 04 de abril del 2013.
En grado de apelación, formulada por Ana Luz Hurtado Chaurara en representación de Yuly Honey Soliz Fuentes, por memorial de fs. 277 a 281, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, por Auto de Vista Nº 63/2014 de 11 de agosto de fs. 299 a 305, confirmó totalmente la Sentencia de Primera Instancia Nº 14/2013
- Auto Supremo Nº 94/2015
- Sucre, 2 de abril de 2015
- Expediente: SSA.II-BNI.480/2014
- Distrito: Beni
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- En grado de apelación, formulada por Ana Luz Hurtado Chaurara en representación de Yuly Honey
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma de fs
- Prosiguió alegando que el tribunal ad quem, señaló que el Pliego de Cargo dentro del
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, en base a los datos del
- En este entendido, la Resolución Determinativa emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales, se constituye
- Por consiguiente, en mérito a los fundamentos expuestos y en cumplimiento a las normas legales
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- No siendo excusable el error cometido, se llama la atención al juez a quo y
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
