Auto Supremo AS/0148/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

Respecto del único motivo, referido a que el Auto de Vista no tomó en cuenta


Respecto del único motivo, referido a que el Auto de Vista no tomó en cuenta que el precedente contradictorio establece que en un proceso abreviado se debe considerar todos los delitos acusados y se debe aplicar el concurso ideal o real (arts. 44 y 45 del CP), aspecto que contradijo el Auto de Vista al no analizar correctamente esos aspectos; con relación a este reclamo el recurrente invocó el Auto Supremo 272 de 9 de marzo de 2007, que estaría referido a que en procedimiento abreviado se debe analizar todos los delitos acusados y ante la existencia de concurso real o ideal se debe dar aplicación ya sea el art. 44 o 45 del CP, argumentando que el Auto de Vista recurrido, sobre el agravio referido, dijo que se aplicó la pena de tres años de reclusión por la comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro; y que la pena que solicito el Ministerio Público es de tres años y no se puede sancionar sobre lo pedido por el Ministerio Público; en tal sentido, habiendo el recurrente cumplido con la carga argumentativa mínima para la verificación de contradicción por este Tribunal, este motivo resulta admisible