Auto Supremo AS/0154/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

Con relación a ello, y teniendo en cuenta que tal como se señaló, las denuncias


Con relación a ello, y teniendo en cuenta que tal como se señaló, las denuncias deben guardar relación con los argumentos del Auto de Vista, y no con las supuestas actuaciones ilegales o irregulares que hubieren sido cometidas por el juez o tribunal de la causa; como ocurre en la especie, pretendiendo que este Tribunal realice su función nomofiláctica con relación a la Sentencia, buscando inducir a un nuevo control de legalidad de dicho fallo dentro de una etapa procesal que no se encuentra reservada para ello, puesto que la misma ya fue objeto de análisis por parte del Tribunal de alzada. En todo caso, tal como se señaló, corresponde a los recurrentes cumplir con la carga de realizar una fundamentación de forma objetiva, identificando expresamente cuáles son los actos procesales que provocaron la presunta vulneración legal; pero, siempre con relación al Auto de Vista emitido a tiempo de resolver la apelación restringida y no así con relación la Sentencia de mérito; en consecuencia, puesto que no es posible legalmente, retozar etapas y menos utilizar un instituto jurídico desnaturalizando su verdadero alcance y objetivo; no resulta coherente, el planteamiento del recurso de casación mediante la reiteración de los mismos puntos reclamados a tiempo de la formulación de la apelación restringida, en atención a su diferente finalidad