Auto Supremo AS/0154/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo


c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 6 de enero de 2010 (fs. 365), interpuso recurso de casación el 12 del mismo mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo:

Señala que el Auto de Vista impugnado, contiene una errónea fundamentación, puesto que: a) Se trata de una copia de otra resolución a la cual sólo se le cambiaron algunos aspectos, prueba de ello es que en la página 364 se señala: “‘se tiene que dichos extremos fueron valorados por el tribunal ad-quo al momento de emitir la sentencia apelada como también a momento de emitir la pena???’, ¿Cuál pena?” (sic); b) No es posible entender la actividad intelectiva del Tribunal de juicio, que no detalló el motivo por el cual, las pruebas aportadas no pudieron causarle convicción, cuando no existió ningún descargo para que emerja una duda; c) Resulta incomprensible que el Tribunal de alzada indique que no se habría determinado de qué forma el Tribunal a quo realizó una defectuosa valoración, cuando ello se demostró en el memorial de subsanación de fs. 354 a 357, que muestra cómo se efectuaron errores a la lógica y al criterio común básicos, que causan malestar a la parte interesada; y, d) La defectuosa valoración de la prueba emerge de la inexistencia de razones o criterios sólidos en el fallo de mérito; extremo que se observó en la apelación restringida, dado que, no se entiende a ciencia cierta y bajo las más básicas reglas de la comprensión, las razones por las cuáles el juzgador arribó a sus conclusiones