Auto Supremo AS/0154/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Finalmente, en análisis del inc. c) del agravio, si bien se realiza un relato sobre el supuesto agravio; sin embargo, no se cumple con la labor de contraste entre éste con los precedentes invocados, que demuestre la contradicción en la que hubiera incurrido el Auto de Vista, pues se limita a señalar que resulta incomprensible la observación realizada por el Tribunal de alzada a la falta de motivación sobre la supuesta defectuosa valoración probatoria, cuando a criterio del recurrente, cumplió con la carga argumentativa suficiente en su memorial de subsanación. Explicación que resulta insuficiente para este Tribunal Supremo de Justicia a efectos de cumplir con su labor nomofiláctica de unificación de jurisprudencia, ante la omisión en la que incurrió la parte que recurre de casación, la misma que no puede ser suplida de oficio. En consecuencia, ante el incumplimiento de lo prescrito por el art. 416 del CPP, el presente inciso resulta inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Guido Valois Guido Torrez Mamani, cursante de fs. 371 a 373 vta