De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos:
1) Refirió que en su recurso de apelación restringida señalo como defecto absoluto que el Tribunal de Sentencia solo leyó el veredicto el 24 de septiembre de 2009 y señaló fecha de lectura íntegra de la Sentencia para el 28 del mismo mes y año; pero, en esa fecha no se instaló la audiencia y no se dio lectura completa a la Sentencia; por lo que, se vulneró la seguridad jurídica y el debido proceso incurriendo en defecto absoluto insubsanable previsto en los arts. 1, 130, 169 inc. 3) con relación al 361 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y los arts. 115 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), en ese sentido se incurrió en pérdida de competencia por incumplimiento de la lectura íntegra de la audiencia y con ella la notificación de la Sentencia, aspectos que el Auto de Vista no ha tomado en cuenta; por tanto, falta de pronunciamiento sobre los defectos absolutos reclamados vulnerando lo previsto por el art. 398 con relación al 169 inc. 3) del CPP. Al respecto invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 131 de 13 de mayo de 2005
- Por memorial presentado el 8 de enero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el mencionado Auto de Vista el 4 de enero de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al primer motivo, referido a los defectos existentes en la lectura integra de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
