Por memorial presentado el 8 de enero de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 157/2015-RA-L
Sucre, 10 de abril de 2015
Expediente: Santa Cruz 34/2010
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Nazareth Cuellar Aguilera
Delitos : Falsificación de documento Privado y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de enero de 2010, cursante de fs. 122 a 126, Ruth del Carmen Ortíz Gutiérrez interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 158 de 14 de diciembre de 2009, de fs. 112 a 114 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Nazareth Cuellar Aguilera, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado, Uso de Instrumento Falsificado y Estafa, previstos y sancionados por los arts. 200, 203 y 335, todos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 157/2015-RA-L
Sucre, 10 de abril de 2015
Expediente: Santa Cruz 34/2010
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Nazareth Cuellar Aguilera
Delitos : Falsificación de documento Privado y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de enero de 2010, cursante de fs. 122 a 126, Ruth del Carmen Ortíz Gutiérrez interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 158 de 14 de diciembre de 2009, de fs. 112 a 114 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Nazareth Cuellar Aguilera, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado, Uso de Instrumento Falsificado y Estafa, previstos y sancionados por los arts. 200, 203 y 335, todos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 8 de enero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el mencionado Auto de Vista el 4 de enero de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al primer motivo, referido a los defectos existentes en la lectura integra de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
