De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
a) En merito a la acusación particular presentada por Carmen Dora Valdez Melgar (fs. 65 a 66 vta.), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 5/2009 de 20 de junio (fs. 132 a 134 vta.), declarando al imputado Adrián Sánchez Mercado, autor y culpable de la comisión de los delitos de Conducción Peligrosa de Vehículos y Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, previstos y sancionados por los arts. 210 y 261 del CP, imponiéndole la pena de tres años y tres meses de reclusión a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Palmasola) sección varones de la ciudad de Santa Cruz, más el pago de costas a favor de la querellante que se tasará en ejecución de Sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, Adrián Sánchez Mercado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 137 a 139 vta.), resuelto por Auto de Vista 162 de 19 de diciembre de 2009 (fs.148 a 150), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró improcedente el recurso; y en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 15 de marzo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 10 de marzo de
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alega defectos de la Sentencia como ser: a) La existencia de mala valoración de
- 3) Finalmente señaló que existe valoración defectuosa de la prueba prevista en los arts
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al segundo motivo, refirió defectos de la Sentencia: a) La existencia de mala
- Como tercer motivo, señaló que existe valoración defectuosa de la prueba prevista en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
