Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, el recurrente fue notificado
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 8 de marzo de 2010 (fs. 199), presentó el recurso de casación el 11 del mismo mes y año, conforme el cargo de fs. 203 vta.; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que refiere el art. 417 del CPP, correspondiendo pronunciarse a este Tribunal sobre la admisibilidad del presente recurso
- Por memorial presentado el 11 de marzo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Pedro Cruz Cerezo, interpuso recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, el recurrente fue notificado
- Con relación al motivo interpuesto, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
