Auto Supremo AS/0193/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0193/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusaciones pública presentada por el Ministerio Público (fs. 5 y vta.), subsanada la misma a fs. 6; y, particular presentada por Ana Yosmery Aguilar Cordero (fs. 8 a 9), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, pronunció la Sentencia 28/2009 de 5 de octubre (fs. 40 a 47), por la que declaró al imputado Julio Menacho Arias, autor del delito de Homicidio; y, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de un año y tres meses a cumplir en el Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca, con costas y responsabilidad civil a favor de la parte querellante; asimismo, lo absolvió de culpa y pena por el delito de Omisión de Socorro, previsto y sancionado en el art. 262 del CP, en observancia del art. 363 inc. 2) del Código de procedimiento Penal (CPP), sin costas; por otra parte, en aplicación del art. 368 de la ley adjetiva penal, le concedió el beneficio del perdón judicial