Auto Supremo AS/0197/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

Respecto del primer motivo, en la que denuncia la existencia de defectuosa valoración probatoria prevista


Respecto del primer motivo, en la que denuncia la existencia de defectuosa valoración probatoria prevista en el art. 370 inc. 6) del CPP, refiriendo que pese a que en su recurso de apelación restringida señaló concretamente los parámetros de valoración probatoria inobservados en la Sentencia el Auto de Vista impugnado en el segundo considerando, apartado primero hubiere precisado que el Tribunal Ad quo estableció que si existió la falsedad en el documento conciliatorio cuando refirió que dicho documento contenía datos falsos (firma del Fiscal Yutronic); sin embargo, pese a dicha afirmación no adecuo la responsabilidad penal de la imputada respecto de la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, invocando al efecto los Autos Supremos 17 de 26 de enero de 2007 y 104 de 20 de febrero de 2004, mismos que tendrían relación a la problemática planteada, en consecuencia ante el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la invocación de precedentes contradictorios y la correspondiente precisión de las presuntas contradicciones alegadas entre el Auto de Vista del cual se recurre y los precedentes invocados hacen posible la admisibilidad del presente motivo