En el caso de Autos, se debe considerar lo siguiente
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En el caso de Autos, se debe considerar lo siguiente:
La parte demandante, ahora recurrente, en la demanda principal de usucapión de fs. 22 a 23 y vta., indica que: “…es necesario hacer conocer a su autoridad que este inmueble mi persona lo ha adquirido a título de compra de la señora: IRMA INES ZENTENO VDA. DE AGUILAR, el año 2001, sin embargo el documento de compra venta recién lo suscribimos en fecha 13 de mayo de 2003 una vez que mi persona reintegro el total del precio convenido tal cual se acredita del documento de compra venta que acompaño.”, revisado obrados, se tiene que a fs. 2 y vta. cursa Minuta de transferencia del 50 % de acciones de un inmueble - casa, suscrito entre la parte recurrente y la vendedora Irma Inés Zenteno Vda. De Aguilar (demandada), documento público que se encuentra debidamente reconocido sus firmas y rúbricas conforme se tiene del formulario de reconocimiento de firmas No. 2950702 de fs. 3
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En el caso de Autos, se debe considerar lo siguiente:
La parte demandante, ahora recurrente, en la demanda principal de usucapión de fs. 22 a 23 y vta., indica que: “…es necesario hacer conocer a su autoridad que este inmueble mi persona lo ha adquirido a título de compra de la señora: IRMA INES ZENTENO VDA. DE AGUILAR, el año 2001, sin embargo el documento de compra venta recién lo suscribimos en fecha 13 de mayo de 2003 una vez que mi persona reintegro el total del precio convenido tal cual se acredita del documento de compra venta que acompaño.”, revisado obrados, se tiene que a fs. 2 y vta. cursa Minuta de transferencia del 50 % de acciones de un inmueble - casa, suscrito entre la parte recurrente y la vendedora Irma Inés Zenteno Vda. De Aguilar (demandada), documento público que se encuentra debidamente reconocido sus firmas y rúbricas conforme se tiene del formulario de reconocimiento de firmas No. 2950702 de fs. 3
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la indicada Resolución, interpuso recurso de apelación la parte demandada, por el que el
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por otro lado indica que se ha desvirtuado el art
- Con lo que termina peticionando que se case el Auto de Vista y se mantenga
- En el caso de Autos, se debe considerar lo siguiente
- De acuerdo, a lo expuesto supra, el Tribunal de Alzada estableció que la pretensión de
- Por otro lado, respecto a la infracción del art
- Finalmente, nuestra jurisprudencia en situaciones similares donde se pretendía la usucapión soslayando su derecho propietario,
- Por dicho motivo y al no ser fundados los agravios que nos trae en casación,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
