Auto Supremo AS/0229/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2015

Fecha: 21-Abr-2015

Consiguientemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de

Consiguientemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, al confirmar la Sentencia de 26 de noviembre de 2012, obró correctamente; por todo ello, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo, corresponde aplicar los arts. 271. 2 y 273 del CPC, por mandato de la norma permisiva contenida en los arts. 214 y 297.II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74.2 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003