Auto Supremo AS/0246/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos


II. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos:

II.1. Recurso de casación de Julia Calle Mamani

La recurrente previa mención de los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005 y 241 de 1 de agosto de 2005, alega que pretende contextualizar la naturaleza de la causa penal instalada en su contra en base a un contrato inexistente, para luego señalar que el Auto de Vista impugnado, no se encuentra fundamentado con argumentos jurídicos y jurisprudenciales, pues si bien el Tribunal de alzada no puede revalorizar la prueba, tiene facultades para apreciar el procedimiento ilegal de judicialización de la prueba y la excesiva valoración de la prueba pericial; por lo que, el Tribunal de apelación al no considerar el argumento relativo a la defectuosa valoración de las pruebas, vulnera los principios de inmediación, oralidad, publicidad y contradicción. Recalca que el Auto de Vista impugnado no está debidamente fundamentado porque no toma en cuenta el procedimiento ilegal de la judicialización de la prueba, como tampoco la defectuosa valoración de la prueba, que por constituir defectos de sentencia previstos en el art. 370 incs. 4) y 6) del CPP, son de orden público que ameritan sean revisados de oficio