El motivo alegado por las recurrentes está referido al hecho de que el Tribunal de
En consecuencia y por las falencias advertidas, el recurso de casación no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, para su admisión.
IV.2. Del recurso de casación de Zoia Martha Otero Valle y María Nadiezda Otero Valle
El motivo alegado por las recurrentes está referido al hecho de que el Tribunal de alzada, no obstante la doctrina legal establecida en los Autos Supremos 333 de 9 de junio de 2011, 100 de 25 de febrero de 2011 y 203/2013, no circunscribió sus actos al marco establecido por los arts. 396 inc. 3) y 398 del CPP, al haber modificado la pena impuesta a la imputada, cuando este aspecto no fue cuestionado en el recurso de apelación restringida, por lo que existe errónea aplicación del art. 40 inc. 4) del CP, por cuanto el Tribunal de alzada debió limitarse a circunscribir su decisión a los puntos impugnados por la imputada, por tanto, hubiese actuado sin competencia. Esta explicación si bien resulta concisa, proporciona los fundamentos mínimos para su análisis de fondo y realizar la labor de contraste sobre la base del precedente invocado, determinando el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP; en cuyo mérito, el presente recurso de casación deviene en admisible
- Por memoriales presentados el 28 de noviembre de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Julia Calle Mamani (fs
- c) El 24 de noviembre de 2014 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega manifestando que en la Sentencia, no se aplicaron las reglas de la sana crítica,
- Finalmente, indica haber invocado las Sentencias Constitucionales 0240/2003-R y 1312/2003-R, sin haber sido mencionadas en
- Las recurrentes sostienen que la parte imputada no cuestionó en el recurso de apelación restringida,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 24 de noviembre de 2014, las
- En cuanto a los demás requisitos de fondo, la recurrente hizo mención a que el
- El motivo alegado por las recurrentes está referido al hecho de que el Tribunal de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
